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- Los miembros respetarán las estrictas normas que impone la profesión de traductor autónomo. Su afiliación a la Asociación les obliga a cumplir el código deontológico.
- Los miembros únicamente aceptarán encargos para los que posean los conocimientos necesarios.
- Los miembros tendrán el deber de realizar los encargos según sus mejores capacidades y conocimientos.
- Los miembros son conscientes de su posición confidencial y se abstendrán de realizar cualquier acto que pueda dañar la reputación de la profesión.
- Los miembros se comprometen a mantener el secreto profesional con respecto a toda la información de que tengan conocimiento en el ejercicio de su profesión y se abstendrán de obtener beneficio personal o para terceros por el uso indebido de dicha información.
- Los miembros mantendrán un alto nivel de competencia dentro de su esfera de actividad profesional.
- Los miembros podrán hacer publicidad directamente sobre sus competencias y disponibilidad o dirigiéndose a personas individuales u organizaciones, siempre que el contenido de esa publicidad sea real, pertinente, no confunda ni sea perjudicial para la reputación de la profesión.
- Los miembros cumplirán las disposiciones sobre los derechos de autor.
- Los miembros se prestarán toda la asistencia posible y serán leales entre sí.
- En el Reglamento Interno se regulan las sanciones a imponer en caso de vulneración de este código deontológico y otras disposiciones de la Asociación.